La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) declaró barrera burocrática ilegal la exigencia de la Municipalidad de Jesús María de reparar cualquier deterioro en la propiedad privada que se hubiere producido como consecuencia de la construcción de una edificación; ello, como resultado de la condición impuesta por la comuna para la obtención del certificado de conformidad de obra y declaratoria de edificación con variación.
La Sala concluyó que la Municipalidad vulneró la Ley 29090 y su reglamento, debido a que impuso una exigencia que no se encuentra contenida en estas normas; a pesar de que las municipalidades están prohibidas de solicitar requisitos, trámites, información o pagos no contenidos en tales dispositivos normativos.
Esta decisión no exonera a las inmobiliarias de cumplir con la obligación de reparar los daños causados a la propiedad privada ni desconoce el derecho de los vecinos afectados por la construcción para solicitar la reparación mediante los procedimientos legales pertinentes. Asimismo, se reconoce la competencia de la Municipalidad Distrital de Jesús María para llevar a cabo sus funciones de fiscalización y control.
La Sala ordenó la inaplicación con efectos generales de la citada barrera burocrática ilegal en favor de todos los ciudadanos que se vean afectados, de acuerdo con la Resolución 0480-2024/SEL-INDECOPI: