El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) ha aprobado una modificación a la Directiva 004-2022-OSCE/CD, titulada «Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley 31589 para la reactivación de obras públicas paralizadas». Esta actualización fue formalizada a través de la Resolución D000134-2024-OSCE-PRE, publicada en el Diario Oficial El Peruano, y entrará en vigencia a partir del 13 de septiembre de 2024.
La modificación se enmarca en la Ley 31589, que fue ajustada por el Decreto Legislativo 1636, y permite a las entidades realizar diversos tipos de contrataciones para la reactivación de obras públicas paralizadas. Entre los servicios y consultorías que ahora pueden ser contratados se encuentran:
- La elaboración del informe de estado situacional de las obras paralizadas.
- La consultoría para la elaboración del expediente técnico del saldo de obra y/o estudios especializados pertinentes.
- La ejecución del saldo de obra.
- La consultoría para la supervisión de la elaboración del expediente técnico del saldo de obra.
- La consultoría para la supervisión de la ejecución del saldo de obra, aplicable tanto a obras iniciadas bajo la modalidad de administración directa como a aquellas contratadas según la Ley de Contrataciones del Estado.
Para llevar a cabo los procedimientos especiales de selección, se utilizarán las Bases Estándar establecidas en la Directiva N° 004-2022-OSCE/CD, adaptadas al objeto contractual correspondiente. Esta medida busca agilizar y mejorar la gestión de obras públicas paralizadas, garantizando que los proyectos sean reactivados de manera eficiente y conforme a las normas vigentes.