Durante el año 2022, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha pagado un total de S/ 161 434 852 en favor de centenares de familias peruanas de zonas urbanas y rurales, por la adquisición de predios requeridos para la construcción de proyectos del sector transportes y comunicaciones.
De esta manera, se contribuye con el inicio y continuidad en la ejecución de las obras destinadas al cierre de brechas de infraestructura que mejoren las condiciones de vida de la población de todo el país.
Como parte de este trabajo, el MTC, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios (DDP), adquirió 342 predios entre enero y octubre de 2022. Así, logró obtener el 100% de adquisiciones de predios para las ampliaciones de los aeropuertos de Chiclayo, Arequipa, y Tacna, así como del Terminal Portuario Multipropósito de Salaverry, Nuevo Terminal Portuario San Juan De Marcona y Truck Center Ancón.
Asimismo, se ha registrado un 98% de avance en la adquisición de predios en los aeropuertos de Iquitos, Tumbes y Trujillo, así como en el Ferrocarril Huancayo–Huancavelica. También se están adquiriendo predios para el aeropuerto de Jauja, el Anillo Vial Periférico de Lima y Callao, Puente Alto Molino (Arequipa), segunda calzada de la carretera Piura–Paita y la Vía Longitudinal de la sierra norte–Tramo 2.
Proceso de adquisición
La adquisición de predios se realiza a través de las modalidades establecidas en el Decreto Legislativo N° 1192, que regula los procesos de adquisición, expropiación, reconocimiento del pago de mejoras, transferencias interestatales, liberación de interferencias, entre otros, con respeto de los derechos de los afectados
La Constitución establece la potestad del Estado para la adquisición forzosa de la propiedad privada por causa de seguridad nacional o necesidad pública declarada por ley, como es el caso de los proyectos del sector transportes, previo pago en efectivo de la indemnización que incluye compensación por el eventual perjuicio.
El monto final que se paga a los afectados incluye la valorización de las áreas de terreno, edificaciones, obras complementarias, plantaciones y otros elementos; así como la valorización por el lucro cesante, es decir, la ganancia dejada de percibir como consecuencia de la afectación, en el caso de que el inmueble sea utilizado para negocio. De igual manera, se incluye un pago por daño emergente, o sea, por los gastos de traslado de bienes muebles, pago de alquiler de un inmueble temporal, gastos de búsqueda de otra vivienda, etc.
Esta valorización se realiza siguiendo los criterios, metodologías y procesos previstos en el Reglamento Nacional de Tasaciones aprobado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con la participación de profesionales especialistas reconocidos por dicho sector calificados como peritos tasadores.
Además, la normativa establece el pago de un incentivo del 20% sobre el valor comercial del inmueble en favor de los afectados que, cumpliendo los requisitos de ley, acepten suscribir los acuerdos de adquisición por trato directo y se comprometan a la entrega rápida del inmueble.